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¿Cuándo es obligatorio un separador de hidrocarburos? Normativa y casos

¿Cuándo un separador de hidrocarburos es obligatorio ? Normativa y casos

Un separador de hidrocarburos es obligatorio dado que son equipos de tratamiento de aguas que retienen los aceites, combustibles y grasas de origen mineral presentes en las aguas residuales antes de su vertido a la red de saneamiento o al medio natural. Su instalación no es opcional en muchos casos: la normativa española obliga a disponer de ellos en determinadas actividades e instalaciones.

¿Qué dice la normativa sobre cuándo separador de hidrocarburos es obligatorio ?

La obligación de instalar separadores de hidrocarburos se recoge en varias normas:

  • Real Decreto 60/2011 sobre las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas: establece los valores límite de vertido de hidrocarburos.
  • Ley 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental: obliga a adoptar medidas preventivas frente a la contaminación de suelos y aguas.
  • Normativa autonómica: muchas comunidades autónomas exigen separadores en actividades concretas como talleres, estaciones de servicio y garajes públicos.
  • UNE-EN 858: norma europea que define las clases y requisitos de rendimiento de los separadores de hidrocarburos.

Actividades obligadas a instalar separador de hidrocarburos

Según la normativa vigente, deben disponer de separador de hidrocarburos homologado las siguientes instalaciones:

  • Talleres mecánicos y de reparación de vehículos
  • Estaciones de servicio y gasolineras
  • Garajes y aparcamientos públicos con más de 10 plazas
  • Lavaderos de vehículos
  • Desguaces y chatarrerías
  • Industrias con maquinaria hidráulica o que usen aceites y lubricantes
  • Instalaciones portuarias

Clases de separadores de hidrocarburos según la UNE-EN 858

Clase Concentración máx. de hidrocarburos en efluente Aplicación típica
Clase I < 5 mg/L Vertido a cauces públicos o zonas sensibles
Clase II < 100 mg/L Vertido a red de alcantarillado

Clase I o Clase II: ¿cuál te corresponde?

La norma UNE-EN 858 distingue dos clases de separador según el destino del vertido y el nivel de contaminación permitido en el efluente:

  • Clase I (< 5 mg/L de hidrocarburos): obligatoria cuando el vertido va a un cauce público, zona de baño, acuífero protegido o área ambientalmente sensible. Requiere separador con filtro coalescente. Es la clase más restrictiva.
  • Clase II (< 100 mg/L de hidrocarburos): suficiente para vertidos a la red de alcantarillado municipal, siempre que la ordenanza local no establezca requisitos más estrictos.

Como regla general, los talleres mecánicos, garajes y lavaderos que vierten a la red de saneamiento pueden instalar un separador Clase II sin by-pass. Las estaciones de servicio, desguaces con vertido al terreno e instalaciones portuarias suelen necesitar Clase I con by-pass para gestionar picos de caudal.

Consulta siempre la normativa autonómica y la ordenanza municipal de tu zona antes de adquirir el equipo, ya que pueden ser más restrictivas que la norma estatal.

¿Cuando un separador de hidrocarburos es obligatorio  y Qué pasa si no instalo un separador de hidrocarburos?

El incumplimiento de la normativa puede acarrear:

  • Multas económicas desde 600 € hasta más de 600.000 € según la gravedad
  • Cierre temporal o definitivo de la actividad
  • Responsabilidad civil por contaminación del suelo o de las aguas

Documentación obligatoria al instalar un separador de hidrocarburos

La instalación de un separador no solo implica el trabajo físico: es necesario acreditar su correcta instalación ante la administración competente. La documentación habitualmente exigida incluye:

  • Certificado de homologación CE del separador según UNE-EN 858-1 (debe aportarlo el fabricante o suministrador)
  • Proyecto técnico firmado por técnico competente (exigido en instalaciones industriales o de caudal elevado)
  • Autorización de vertido a la red pública, tramitada ante el ayuntamiento o la empresa gestora del agua
  • Licencia de actividad actualizada que recoja la instalación del sistema de depuración (según comunidad autónoma)
  • Acta de puesta en servicio, emitida por la empresa instaladora autorizada

Conserva siempre esta documentación junto al libro de mantenimiento del equipo, cuya llevanza es también obligatoria según la normativa.

Guía rápida: ¿qué separador necesitas según tu actividad?

Una vez confirmada la obligación de instalar un separador, el siguiente paso es elegir el modelo correcto. La selección depende del caudal máximo a tratar, la clase UNE-EN 858 requerida y si se necesita by-pass para gestionar lluvias intensas o grandes caudales puntuales.

Actividad Caudal habitual Clase Modelos recomendados
Taller mecánico pequeño 1,5–3 l/s Clase I Sep. 1,5 l/s sin by-pass · Sep. 3 l/s sin by-pass
Taller grande / lavadero de vehículos 3–6 l/s Clase I Sep. 3 l/s sin by-pass · Sep. 6 l/s sin by-pass
Garaje y aparcamiento público 3–10 l/s Clase I Sep. 6 l/s sin by-pass · Sep. 10 l/s sin by-pass
Estación de servicio / gasolinera 3–15 l/s Clase I Sep. 6 l/s con by-pass · Sep. 15 l/s con by-pass
Desguace / chatarrería Según superficie descubierta Clase I Sep. Hidrocarburos sin By-pass · Consultar
Industria / instalación portuaria Según superficie descubierta Clase I Sep. Hidrocarburos con By-pass · Consultar

¿No encuentras tu caso? Consulta con nuestro equipo técnico y te recomendamos el modelo óptimo para tu instalación.

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